Por una Patria Justa, Libre y Soberana

Una Patria Justa, Libre y Soberana - 17 de octubre de 1945 - 17 de octubre de 2015 - Día de la Lealtad - Setenta años

miércoles, 4 de mayo de 2011

Sábato, Cafiero y los Dos Demonios

Editorial de La Nación del 2 de mayo de 2011.
Cafiero y los sucesos de los 70
"La visión del ex ministro de Juan Perón e Isabel Perón debería ser considerada por quienes investigan la violencia setentista."
El editorial se manifiesta a favor de que la justicia, la Corte Suprema, debería declarar a los delitos cometidos por las organizaciones guerrilleras en los años 70, "delitos de lesa humanidad" y por ello imprescriptibles.

Y lo hace a partir del testimonio que diese Antonio Cafiero, el 12 de abril de 2011, en la causa que investiga la muerte del coronel Argentino del Valle Larrabure. (el link lleva a la actuación judicial completa)

Según La Nación, Cafiero dijo en esa oportunidad (una versión reducida pero más completa se encuentra aquí) las siguientes afirmaciones clave:

a) "la guerrilla respondía a una ideología revolucionaria, en tanto pretendía cambiar el orden jurídico constitucional del país".

b) "si triunfaba la guerrilla hubiera habido una dictadura y no habría quedado espacio para vivir en república o democracia".

c) "practicaban el entrismo", que consistía en que "estas organizaciones guerrilleras trataban de penetrar en los cuadros políticos y gremiales del partido peronista y sus fines eran "dejar de lado los viejos principios del peronismo" y lograr "la adopción del marxismo como sistema central de ideas".

d) atribuyó la muerte de Rucci y del padre Mujica a la organización Montoneros.

e) "Cree" que las organizaciones guerrilleras realizaron un ataque sistemático a la población civil para imponer un plan criminal. (aunque reconoce que, como Ministro de Economía, era poco lo que sabía sobre cuestiones militares).


Esta no es la primera declaración de Antonio Cafiero ante un tribunal que juzgue una causa de violacion de los DDHH. El 15 de junio de 2010, Cafiero se presentó como testigo citado por la defensa del ex-general Menendez. Tanto en esta ocasión como en la más reciente el intento es el mismo, probar que la guerrilla estaba en condiciones de tomar el poder e instalar en el país una dictadura. La simple lectura de los argumentos esbozados por Cafiero hace patente la extrema debilidad de esa tesis. La posibilidad, que siempre estuvo en el plano de las intenciones, de la guerrilla del ERP de liberar una parte del territorio y obtener así reconocimiento internacional ya había sido derrotada en Tucumán durante el gobierno constitucional mediante el operativo "Independencia" comandado por el ex-general Buzzi. El propio Buzzi lo afirmó al hacerse cargo del gobierno de la provincia luego del golpe militar del 24 de marzo de 1976.

Argumenta el editorial de La Nación:
"Nuestra Justicia debe determinar, en cada caso individual, si el conflicto violento que azotó a la Argentina en la década de los años 70 constituyó, o no, un conflicto armado interno. Para algunos, se trató tan sólo de enfrentamientos inorgánicos, esporádicos y aislados. Para otros, en cambio, habría existido un ataque masivo y sistemático a la población civil. Si hubiera sucedido lo primero, los delitos cometidos por la guerrilla podrían haber sido delitos comunes y podrían, por ende, estar prescriptos. Si, en cambio, se hubiera tratado de un conflicto armado interno, los crímenes serían delitos de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles.

La cuestión sigue estando abierta y presumiblemente lo estará hasta que nuestra Corte Suprema se pronuncie claramente sobre la cuestión."

La discusión no es nueva y La Nación solo trata de reavivarla desvirtuando los hechos como si ciertos cambios trascendentales no hubiesen ocurrido. Cambios Legales e Institucionales y, lo que es más importante, cambios en la Conciencia Ciudadana. Hagamos un poco de historia.

En el prólogo escrito por Ernesto Sábato, de la primera edición del libro Nunca Mas que constituyó el informe público de lo actuado por la CONADEP creada por el Presidente Raúl Alfonsín, se decía:

"Durante la década del 70 la Argentina fue convulsionada por un terror que provenía tanto desde la extrema derecha como de la extrema izquierda, fenómeno que ha ocurrido en muchos otros países. Así aconteció en Italia, que durante largos años debió sufrir la despiadada acción de las formaciones fascistas, de las Brigadas Rojas y de grupos similares. Pero esa nación no abandonó en ningún momento los principios del derecho para combatirlo, y lo hizo con absoluta eficacia, mediante los tribunales ordinarios, ofreciendo a los acusados todas las garantías de la defensa en juicio; y en ocasión del secuestro de Aldo Moro, cuando un miembro de los servicios de seguridad le propuso al General Della Chiesa torturar a un detenido que parecía saber mucho, le respondió con palabras memorables: «Italia puede permitirse perder a Aldo Moro. No, en cambio, implantar la tortura».


No fue de esta manera en nuestro país: a los delitos de los terroristas, las Fuerzas Armadas respondieron con un terrorismo infinitamente peor que el combatido, porque desde el 24 de marzo de 1976 contaron con el poderío y la impunidad del Estado absoluto, secuestrando, torturando y asesinando a miles de seres humanos."

Este párrafo y en especial las dos primeras líneas, las que dicen:

"Durante la década del 70 la Argentina fue convulsionada por un terror que provenía tanto desde la extrema derecha como de la extrema izquierda, fenómeno que ha ocurrido en muchos otros países.", respondían  a lo que se conociera como la "Teoría de los Dos Demonios" que estaba en la base de la política de derechos humanos del gobierno de Alfonsín, de juzgar solo a las cúpulas de las fuerzas armadas y de la guerrilla. Tal política en realidad nunca tuvo éxito.

Años después esa teoría fue seriamente criticada, como así también el prólogo de Sábato. En la segunda edición del libro se incluyó, sin quitar el original, un nuevo prólogo donde esta revisión se hizo expresa. Las Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora y otros organismos manifestaron públicamente su acuerdo. Por el contrario, algunos de los miembros de la CONADEP como Magdalena Ruiz Guiñazú su desagrado.

En el mismo informe de la CONADEP fue inevitable, dados los testimonios recibidos, que apareciesen los nombres de los responsables directos de las torturas y secuestros. La respuesta del gobierno para evitar que los juicios se extendieran fue la modificación del Código de Justicia Militar introduciendo la figura de la Obediencia Debida.

Pero eso tampoco funcionó y los juicios y la amenaza de desestabilización impulsaron primero la sanción de Ley de Punto Final y, más tarde durante el gobierno de Menem, los vergonzosos indultos que se aplicaron tanto a los condenados en el Juicio a las Juntas, como a los que lo fueran por parte de tribunales civiles ordinarios. Eso posibilitó, entre otros, tanto la libertad de Videla como la de Firmenich. Los Dos Demonios libres y exorcizados. El país finalmente pacificado. El sueño de Menem cumplido


No lo estuvo del todo. Las leyes de la impunidad habían dejado afuera los casos de sustracción y cambio de identidad de hijos de detenidas desaparecidas. Y estos casos, aunque con lentitud siguieron avanzando a pesar de que gran parte de la clase política y los medios se manifestaban en favor de la "pacificación" y de "no reabrir viejas heridas". Además y por el contrario los organismos de derechos humanos no cejaban en su exigencia de Memoria, Verdad y Justicia y las encuestas de opinión indicaban que la mayoría de la población estaba a favor de la acción de la justicia y en contra de la impunidad, a pesar de la insistencia de los medios de comunicación dominantes apoyados por conocidos juristas "expertos" de que el tema era "cosa juzgada". Aquí se puede encontrar un muy buen análisis de la situación político-judicial antes del 2003.

Todo cambia con la asunción en el 2003 de Néstor Kirchner. El toma dos decisiones que son determinantes: la primera es someter a juicio político a los miembros de la corte menemista, y renovarla reduciendo la cantidad de miembros de 9 a 7. La "Mayoría Automática" de Menem que servía de resguardo último de la impunidad llegó a su fin. La corte se renueva en sus miembros y se prestigia notablemente con ello. A pesar de que algunos pocos lo nieguen, para la gran mayoría de la opinión, incluso de la oposición política la nueva Corte Suprema no es "kirchnerista".

La segunda medida fue enviar al Congreso una Ley declarando inconstitucionales las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. La base para declarar la inconstitucionalidad de estas leyes radica en la imprescriptibilidad de los delitos que intentan proteger. Estos delitos son declarados de Lesa Humanidad y, en consecuencia, imprescriptibles.
Primero fueron declarados así por la Cámara Federal y luego este criterio es confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Según estos fallos e interpretaciones desaparecen TODOS los límites existentes al juzgamiento de los delitos cometidos durante la ejecución (1976-1983) por parte del estado del plan sistemático y criminal que respaldado por la Doctrina de la Seguridad Nacional suspendió las garantías individuales establecidas por la Constitución Nacional. Cualquiera que se haya visto damnificado, o sus descendientes, por el accionar represivo puede presentarse ante la justicia e iniciar una demanda.

Todos conocemos la consecuencia de estos cambios: la reapertura de los juicios que aún hoy continúa y la condena de numerosos delincuentes represores de diverso nivel de responsabilidad. Incluso hoy se trata de llevar adelante, entre otros, los juicios contra los delitos económicos cometidos por civiles durante la dictadura militar.

Es en el marco formado por estas nuevas realidades en el que debe ser leído el editorial de La Nación, que expresa la opinión y los temores de un sector del stablishment económico, político y judicial. El temor a que los delitos en los que se saben involucrados sean finalmente juzgados.
El cuestionamiento, en general,  a las decisiones jurídicas de base que fundamentan la declaración de lesa humanidad y de imprescritibilidad continúa a pesar de que éstas han sido inobjetables y perfectamente legítimas.
En el caso del editorial, que es tomado solo como un ejemplo de múltiples expresiones similares, lo que se busca es equiparar el accionar represivo del estado al accionar subversivo de los organizaciones guerrilleras. Y presionar a la Corte Suprema para que se expida en ese sentido. Si esta equiparación es posible, entonces los delitos cometidos por éstas organizaciones son también imprescriptibles como delitos de lesa humanidad.

Pero nuevamente la interpretación de la Cámara Federal y ciertos fallos de la Corte Suprema (como el rechazo de la extradición de un miembro de ETA a España) rechazan con diversos argumentos esta pretensión. Esencialmente los delitos cometidos por los guerrilleros durante su accionar deben ser considerados delitos comunes y por lo tanto prescriptos. 

Sin duda es el temor debido a la mala conciencia sobre los abusos de poder cometidos contra ciudadanos indefensos y los delitos imprescriptibles que los acompañaron lo que hace que medios poderosos como Clarín y La Nación y sus medios y asesores satélites insistan en cambiar lo que ya es una jurisprudencia bien fundada. Deben considerar que la amenaza de llevar a juicio a un buen número de militantes sociales, intelectuales y funcionarios gubernamentales constituiría un arma de presión muy poderosa con la cual protegerse y proteger sus intereses.

bastadeodio                                                         

4 comentarios:

  1. Grandísimo post, profe.
    Firmo al pie. No es otra cosa que el miedo de que la complicidad civil sea juzgada lo que los tiene con los nervios de punta respecto a este tema.

    Un abrazo.

    ResponderEliminar
  2. Sactamente, son delitos imprescriptibles y aplicables absolutamente a todos.

    Abrazo!

    ResponderEliminar
  3. quien fue el fotografo de la imagen qe sabato le da a alfonsin el prologo? gracias!

    ResponderEliminar
  4. La fuente de la fotografía es el Archivo General de la Nación, lamentablemente no indica el autor.
    Si Usted lo sabe sería muy oportuno hacerlo conocer.
    Ver: http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Informe_Conadep.jpg
    Gracias

    ResponderEliminar