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miércoles, 17 de octubre de 2012

Iguales ante la Ley: Parte 2: el 7-D y más allá

EL 7-D Y MÁS ALLÁ

La claridad y precisión de la Constitución Nacional y de la Ley 26.522/09 que expuse resumidas en la Parte 1: Las Bases, harían casi innecesario cualquier comentario. 

Sin embargo, tengo la necesidad de intentar aclarar algunos puntos generales que hacen al contexto y a una posible prospectiva de lo que podría suceder a partir del 7-D.
Aunque la propaganda de ciertos grupos mediáticos concentrados lo afirme e incluso algunas declaraciones de miembros del gobierno nacional o de políticos afines, interpretadas con ligereza, parezcan confirmarlo, el conflicto en torno a la aplicación de la llamada Ley de Medios Audiovisuales y el grupo Clarín, exclusivamente con él -porque de eso se trata-, no es un conflicto político legítimo, aunque muy agudo, entre este grupo económico empresarial y el actual gobierno, sino un conflicto muy grave entre este grupo y el Estado Nacional mismo y sus instituciones que hasta puede alcanzar, de no revertirse la actual tendencia del grupo de realizar acciones que rozan la ilegalidad, a configurar el delito de sedición.

Solo se trata de garantizar el imperio de la Constitución y de ley vigente sobre cualesquiera de los intereses particulares existentes, por más legítimos que puedan parecer, de cualquier individuo o grupo.
La Constitución establece la obligación del Estado Nacional -en primer lugar- de legislar para "procurar la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales...y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.".
Además en el artículo 75º impone la obligación de establecer "leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor; el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales."

Toda ley es legítima y es democrática por su origen en el marco constitucional vigente y porque prescribe que frente a ley todos somos iguales. Para la ley, en cambio, y en función del mayor beneficio común, no todos somos iguales, ni tenemos porqué serlo, porque de hecho no lo somos y la Constitución misma lo prevé.
El objetivo de las leyes emanadas de estos principios, en estos casos de desigualdad de hecho, se dirige a proteger especialmente a las personas o los grupos más débiles estableciendo en su favor una discriminación positiva o restringiendo, si es el caso, el accionar de personas o grupos dominantes, sin que éstos pierdan su derecho a defenderse de estas acciones que pueden ocasionarle perjuicios económicos o patrimoniales respecto de los cuales, eventualmente, podrían ser resarcidos.

Si algún individuo o grupo, por la circunstancia que sea, ha obtenido la capacidad de imponer sus intereses particulares por sobre los principios que ordenan nuestra estructura jurídica y alteran la normal y saludable convivencia entre los argentinos es obligación de los poderes del Estado, en virtud de los artículos 22º, 42º y 75º, inciso 19, de la Constitución Nacional, ponerle fin a esa capacidad y restituir la igualdad lesionada.

La Ley de Medios Audiovisuales se propone reestructurar la realidad del campo audiovisual nacional de tal forma de asegurar las condiciones reales de posibilidad para la libre expresión de una pluralidad de voces, en el sentido de ideas, opiniones, creaciones artísticas, expresiones políticas, etcétera, procurando discriminar positivamente las expresiones y producciones artísticas y culturales locales por sobre las extranjeras. En este sentido, la Ley se propone deshacer la posición dominante que han adquirido con el transcurso del tiempo algunos grupos de licenciatarios, en el entendimiento que esta predominancia es un obstáculo real para alcanzar la pluralidad de voces buscada.
Este, por supuesto, es el aspecto más controversial de la ley y el de mayor complejidad en su aplicación. Sin embargo, la dificultad no debe invalidar al objetivo. La misma ley prevé la conformación de diversas instituciones plurales que tendrán por misión diseñar los aspectos más concretos de su aplicación y realizar su seguimiento y control.
La mera existencia de estas instituciones no garantiza el evitar que se generen conflictos, algunos de los cuales pueden llegar a las instancias judiciales.

El accionar del grupo Clarín de abierta oposición a la Ley de Medios -que opera tanto a nivel de lo simbólico mediante las incontables voces de que dispone (incluida la SIP), como a nivel de lo real en las instancias judiciales y en alianza política objetiva con aquellos partidos políticos, como la UCR, el PRO y residuos del peronismo federal, que en su momento votaron en contra de ella- ha creado una situación, junto con la decisión del gobierno nacional de no ceder un ápice en su aplicación, de un altísimo grado de conflictividad política, institucional y judicial que parece concentrarse en el 7-D, ya que éste día se ha convertido en clave en virtud de que en él cesan, por decisión de la Corte Suprema, los recursos de amparo, excesivos y fuera de toda tradición en este sentido, interpuestos por el grupo Clarín.
Pienso que la importancia de esta fecha debe ser desdramatizada. Las actitudes y las expresiones deberán moderarse y re encauzarse en el marco de las instituciones legalmente vigentes.

A partir del 7-D las instituciones ya constituidas que la Ley prevé, se deberán poner a trabajar para definir cada uno de los aspectos concretos de su aplicación, lo que significará una ardua y difícil tarea en la que el Afsca y su presidente, Martín Sabbatella, tendrán un rol destacado.

La propaganda inicial del grupo se oponía a la oficial afirmando que el 7-D "no pasaría nada". Esto es completamente falso y el propio grupo y sus aliados han debido revisar esta posición de absurdo irrespeto por la Ley. Una muestra -en los hechos que es lo importante- de estos cambios es la conformación de la Comisión Bicameral que tendrá por misión realizar un seguimiento legislativo de la aplicación de la Ley de Medios.

RESUMIENDO: A partir del 7-D la Ley de Medios comenzará a aplicarse en su totalidad -en particular ello ocurrirá con su artículo 161, titulado de adecuación- con los mecanismos que la propia Ley prevé. Seguramente aparecerán conflictos viejos y nuevos que deberán resolverse en el marco institucional existente. Es de esperar que el grupo Clarín continúe con su actitud de oposición sistemática a la ley empleando todos los medios a su alcance, en especial los judiciales, pero eso no debería significar una violación de la voluntad popular expresada democráticamente y concretada en leyes sino solamente la oposición de ese grupo en particular a respetar su veredicto. Clarín y sus asociados no tienen otra alternativa que respetar la ley, habrá sin duda intentos de torcerla y esto pondrá a prueba la calidad de nuestras instituciones y pondrá en blanco sobre negro la posición de cada cual.
La democracia no es una fórmula para evitar los conflictos sino un método para tratar de resolverlos, por ahora el mejor de todos los practicados.

bastadeodio                                                                      

domingo, 23 de septiembre de 2012

CLARÍN Y EL ESTADO DE DERECHO

7D = DEMOCRACIA Y ESTADO DE DERECHO

El ESTADO DE DERECHO es el marco bajo el cual las SOCIEDADES CIVILIZADAS solucionan los conflictos, cohesionan sus fuerzas y adoptan decisiones en pos del BIEN COMÚN.

La DEMOCRACIA REPRESENTATIVA es el sistema legal por el cual los diversos sectores sociales e intereses legítimos encuentran los canales para expresarse en el marco de la REPÚBLICA Y EL ESTADO DE DERECHO.

El 7 de diciembre -7D- es la fecha límite que el fallo de la Corte Suprema le ha puesto a las medidas cautelares interpuestas por el Grupo Clarín dirigidas a impedir la aplicación del articulo 161 de la Ley 26.522/09, conocida  como Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA).

Establecer un número límite a la cantidad de licencias que pueden operar  los grupos empresarios, que es a lo que se refiere ese artículo, es una medida imprescindible para asegurar la Diversidad de voces, uno de los pilares del funcionamiento de la Democracia.

LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN NO ES TAL SI SOLO UNOS POCOS PUEDEN EXPRESARSE.

El Grupo Clarín es el único de todos los grupos empresarios existentes que no ha reconocido la competencia de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), esto es muy importante y hay que destacarlo: todos los restantes grupos empresarios de los medios audiovisuales lo han hecho.
Con esta actitud el Grupo Clarín no desafía solo al Gobierno, sino que lo hace simultáneamente con los tres poderes del Estado.
Con esta actitud el Grupo Clarín pretende colocarse por encima del Estado de Derecho.

Sin respeto a la ley no hay convivencia en Democracia.
Sin respeto a los poderes del Estado no hay República.

A no dejarse engañar, no se trata de censura, no se trata de un ataque ilegal o caprichoso a un grupo empresario en particular, mucho menos se trata de un ataque a la libertad de expresión. Se trata de cumplir una ley que propone justamente garantizar su defensa, se trata de que TODOS, los ciudadanos individuales y los grupos empresarios -con independencia del poder o relevancia social que tengan- sean IGUALES ANTE LA LEY.




ESTO AFIRMA EL GRUPO CLARÍN: EL 7D NO PASA NADA



¿EL 7D NO PASA NADA?, VEAMOS...

El grupo Clarín sabe que la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra de una parte sustantiva de la Ley 26.522/09 no puede ser aceptada en el marco del ESTADO DE DERECHO VIGENTE. Las licencias, como su propio nombre lo indica, se conceden por parte del Estado y por el mismo medio se las puede revocar, los espacios a los que se refieren esas licencias no son propiedad privada sino propiedad del Estado Nacional.

El ESTADO NACIONAL ha fijado mediante una ley específica el nuevo marco jurídico al cual deben adaptarse los titulares actuales de las licencias, con la consideración especial de que esta nueva ley viene a reemplazar una anterior impuesta por la Dictadura Cívico-Militar, de la cual el grupo Clarín formó parte.

La resolución de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA pone al 7D como una fecha límite a la estrategia dilatoria del grupo Clarín.

Esa estrategia no es simplemente un artilugio legal para demorar el accionar de la Justicia y trabar la vigencia del ESTADO DE DERECHO. Va más allá.
El Grupo espera que un cambio de gobierno le permita corromper a los poderes del Estado y obtener la derogación de la ley sancionada hace ya tres años.

EN CONSECUENCIA, no opera solo ante la justicia donde sus plazos se están agotando, opera de manera descarada y absolutamente anti democrática en defensa de sus intereses a cualquier costo, incluso el de provocar una interrupción o una violación del orden constitucional.

Con esta forma de proceder el Grupo Clarín se pone al margen de la ley y actúa como un verdadero grupo mafioso.

El diario La Nación titula: Clarín le respondió al gobierno, es falso y engañoso, Clarín no tiene una disputa con el gobierno ni éste con Clarín. El Grupo Clarín tiene una disputa con todos los argentinos, incluso con aquellos que están de su parte. El gobierno solo hace aquello a lo que el Estado de Derecho lo obliga, procurar que esta ley en particular -y todas en general- se cumplan en toda su extensión y sean respetadas por todos los ciudadanos.

bastadeodio