Por una Patria Justa, Libre y Soberana

Una Patria Justa, Libre y Soberana - 17 de octubre de 1945 - 17 de octubre de 2015 - Día de la Lealtad - Setenta años
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viernes, 30 de agosto de 2013

Ausente con aviso

La silla vacía
Se hizo notar, Eugenio Zaffaroni se retiró de la audiencia pública por la ley de medios a media hora de haber comenzado, dejando su silla vacía y no regresó. Al segundo día la silla tampoco estaba. Por decoro.

Los típicos trascendidos, sugieren que su ausencia está motivada por un viaje de estudios a Alemania. Nada oficial. Queda entonces el gesto. Claro y contundente.

Tan claro como lo son los falaces argumentos del grupo Clarín: La libertad de expresión se reduce a una cuestión de tamaño, de poder imponer una voz sobre el resto. Si se los reduce, dicen, dejan de ser sustentables y se pierde "la única voz crítica e independiente" y la condición de posibilidad del "periodismo de investigación" o, como argumentó descarnadamente Ricardo Lorenzetti, intentando echarle una mano a un confundido abogado colorado del grupo: Si tienen que desinvertir, pierden sustentabilidad y, en consecuencia, se vería afectada la libertad de expresión (del grupo).

Un claro caso de falacia argumental en la cual las premisas nada tienen que ver con la conclusión. Sin embargo, las falacias están para eso, para convencer o justificar, no para conservar la verdad.

En fin. Para mí Zaffaroni se fue porque no quería formar parte de una puesta en escena tramposa gestada por Lorenzetti y apoyada por el resto de los supremos en la cual ellos -"La Corte Suprema"- se situaban por encima del resto de los poderes del Estado y del Pueblo mismo -como bien señaló Horacio Verbitski- y cedían la palabra a los "amigos" de las partes en disputa. Como si el conflicto contuviese exclusivamente al grupo Clarín y al "gobierno kirchnerista". Esa es, precisamente, la gran mentira de Clarín: la ley de medios (se llama Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, hasta en eso ganaron) es un capricho de Cristina.

Mentira que, por el poder de fuego propio pero también -aunque en mucho menor medida- por errores del gobierno, el grupo logró afirmar en el inconsciente de buena parte de la población que o bien se desentiende del tema pensando que no le afecta, o bien tomó partido por el supuestamente "más débil", el grupo multimedia dominante.

La sentencia de esta corte (si, así, con minúsculas) ya está lista para la firma, Zaffaroni lo sabe. También sabe cual será su voto en disidencia y cuando esto suceda -falta poco- podremos entrever las razones de su ausencia.

Para conocer, en cambio, las razones ocultas tras tamaña renuncia de los cortesanos a la existencia de un verdadero Estado de Derecho habrá que esperar a las vísperas del 2015. En su cúspide anidan "legítimas" aspiraciones presidenciales. Basta ver el protagonismo casi excluyente que la galería de fotos del centro de información judicial le prodiga a su presidente. Terminamos donde empezamos, en los gestos.

bastadeodio                                                                

martes, 11 de diciembre de 2012

Esto empieza a oler mal

Ser o no ser: nuestro propio Hamlet
No solo el grupo Clarín pretende ganar tiempo frente a la LSCA. También parecen querer hacerlo los jueces de la  CSJN frente a un conflicto que tarde o temprano terminará como papa caliente entre sus manos.

Prefieren que a su mesa los frutos del árbol de la justicia, del bien y del mal, les lleguen bien pasados de maduros, comenzando a oler mal.

Va quedando en evidencia la supervivencia entre nosotros de un hecho largamente conocido y sumamente desagradable: pueden más los poderes fácticos y, en este caso, el temor a la sanción mediática y económica de un grupo económico jugado en un enfrentamiento de vida o muerte con una ley a todas luces legítima, que todas las consideraciones éticas y políticas afirmadas por los propios jueces en sucesivas declaraciones y sentencias. Tira más una tapa de Clarín que una yunta de bueyes.

Algo huele a podrido en Dinamarca le dice Marcelo, el centinela, a Hamlet refiriéndose a la trama oculta de hechos e intereses que conducen al asesinato del rey, su padre.
Este juego de teatralizaciones -incluso de engaños- en el que se ha convertido la relación entre los poderes de las instituciones republicanas y los poderes de facto, la CSJN ha optado por "preservarse" a costa de agregar a la trama su propia mascarada.

Como las gallinas cluecas que cacarean en un lado y ponen el huevo en otro. Solo así se puede entender el sinsentido político de rechazar por "razones procesales" la solicitud de per saltum del gobierno nacional y a la vez recomendarle recurrir a la vía del recurso extraordinario ante una Cámara manejada por Clarín.

Hoy, 11 de diciembre, el gobierno presentó ante la Cámara de Clarín el recurso extraordinario solicitando la anulación del fallo del 6 de diciembre que renovó la cautelar. Ésta dispone de diez días (que en este caso por indicación de la Corte serían calendario y no hábiles) para aceptar o rechazar el recurso, si como es previsible -de no mediar en el ínterin una resolución de fondo del juez Alfonso- la Cámara rechaza el recurso, aún le queda al gobierno la posibilidad de elevar a la Corte un recurso de queja. Esa es la escueta noticia del día pero, como en el drama de Hamlet, lo que importa es lo que permanece parcialmente oculto.

Los miembros de la Corte no ignoran el desbarajuste institucional que de hecho reina en la Cámara Civil y Comercial donde se tramita "la cuestión de fondo" y la práctica certeza de que esa Cámara no está en condiciones ni objetivas ni subjetivas de impartir justicia en un tema tan sensible. Sin embargo tres de los jueces: Fayt, Petracchi y Argibay argumentaron a favor del rechazo in limine de la solicitud del gobierno -más definitivo que la improcedencia que fue el común denominador que evitó que no saliera ningún fallo- y solo Zaffaroni dio valor al argumento de fondo planteado por el gobierno que es el desafío de la Cámara al fallo de mayo de la propia Corte producido al renovar la cautelar y no meramente extenderla hasta que el juez Alfonso resuelva la cuestión de fondo. Si algo faltaba para tener certeza de la parcialidad y del prejuzgamiento en el que incurre la Cámara Civil y Comercial fue esta última medida.

Si finalmente esta Cámara determina la constitucionalidad de los artículos cuestionados, lo que no es para nada seguro, posiblemente le otorgará a Clarín un plazo para desinvertir que se medirá en años. También puede ocurrir que Magnetto haya decidido ir por todo y quiera la derogación ahora de los artículos que lo afectan. Ese es el verdadero problema al que nos enfrentamos: el que decide es Magnetto, no la justicia argentina.
La fundamentación del juez Zaffaroni, que no es simplemente una diferencia de matiz con sus colegas, apunta en dirección correcta al señalar -en condicional- a la Cámara asumiendo una postura próxima al alzamiento.

La estrategia judicial que Clarín lleva adelante desde hace tres años en contra de la LSCA no se sostiene sin jueces adictos dispuestos a jugarse en su favor. En ese sentido es preocupante que miembros de esta Corte hayan estado detrás del reciente documento en el que se atribuye en exclusividad al gobierno el ataque real o supuesto a la independencia del poder judicial.
No es el gobierno quien llevó la ley de medios a la justicia, fue el grupo Clarín. No fue el gobierno quien fijó el 7 de diciembre como una fecha límite para la estrategia dilatoria de Clarín, fue la Corte. No fue el gobierno quien pagó los viajes y la estadía en Miami de jueces que entendían en la causa para hacer lobby en contra del Estado, fue el grupo Clarín.

La independencia -que gobierno y oposición valoran- es puesta en duda por los mismos hechos judiciales y extrajudiciales producidos a instancias del grupo Clarín a partir de la sanción de la ley. No es sensato ocultarlo.
Los manejos en la conformación de la Cámara, las recusaciones rechazadas por ésta sin negar los fundamentos presentados, el fallo prolongando la cautelar, son razones de peso para que la actitud de la Corte fuese la opuesta a la adoptada si lo que realmente se quiere reforzar es la independencia judicial.
Esa estrategia cortesana de cerrar una puerta pero dejar entreabierta otra que aplican tanto al gobierno como a Clarín solo logra aplazar por un tiempo lo inevitable, hacerse cargo de la cuestión de fondo: quien se impone en la puja, el Estado o un monopolio con comportamientos mafiosos.

Por supuesto tampoco ignoran en la oposición partidaria las evidencias de parcialidad de dicha Cámara ya que colaboraron en el Consejo de la Magistratura con las maniobras de Clarín dirigidas a mantener el control. Sin embargo todos -jueces de la Constitución y representantes del pueblo le cargan las tintas al gobierno -que es hacia donde señala Clarín- y se hacen los inocentes.
En realidad no todos los jueces. Varios firmaron una solicitada objetando la posición dada a conocer recientemente por la Comisión Nacional de Protección a la Independencia Judicial. Entre otras cosas señalan:
La independencia del Poder Judicial no debe entenderse limitada a la relación que debe existir entre los poderes del Estado”...“Los magistrados también deben ser independientes de los intereses económicos de las grandes empresas, de los medios de comunicación concentrados, de los jueces de las instancias superiores e incluso de las organizaciones que los representan”.

Como viviendo en otro planeta -el planeta Clarín- los opositores casi en pleno se reunieron ayer lunes 10 en la sede de la UCR convocados por su presidente, Mario Barletta, para firmar un documento denominado "Compromiso democrático" en el que se juramentan a observar la CN, defender el "equilibrio de poderes" y la "independencia del poder judicial". Asistieron Macri, Binner, Alfonsín, Cobos, Gil Lavedra, Federico Pinedo, Millman (GEN), Tumini (FAP), Prat Gay (CC) y Patricia Bullrich, entre otros.

Como suelen decir con orgullo impostado, los jueces hablan por medio de sus sentencias. Es bueno que sepan que en este caso -como en muchos otros- lo que dicen es solo del gusto y privilegio de unos pocos y significa un enorme perjuicio y pérdida de derechos para la mayoría.

Dicen también que hay que acabar con la existencia inmoral de dos formas de "hacer justicia", una para los ricos o los poderosos y otra para los pobres y los sometidos. Que bueno, aplausos, pero algunas de sus sentencias dicen en realidad lo contrario, salen a proteger a los poderosos haciendo aún más pesado su lado de la balanza.

Lo más ridículo, incluso irritante, es que en este contexto jueces y políticos opositores continúen diciendo que es el gobierno el que presiona a la justicia y reclaman airadamente por una justicia independiente del gobierno. Cierto, nosotros reclamamos por lo mismo, reclamamos por una justicia independiente del gobierno, no de la democracia, no de las instituciones, pero para que sea justicia y para que sea única e igual para todos, debe ser -no hay otro camino- independiente de los poderes fácticos a los que nadie elige y que, por ello, nunca rinden cuentas de lo que hacen.

Todos -menos Clarín- esperamos que se resuelva la cuestión de fondo. Las demoras de la Corte en asumir plenamente su responsabilidad como tribunal constitucional no hacen más que agravar el problema y sumar más confusión a un conflicto de por sí sumamente grave.

La desazón que muchos sentimos en estos días está plenamente justificada. Quizás de forma algo ingenua esperábamos más de nuestras instituciones. Sin embargo, como señaló Cristina en el día de la Democracia y los Derechos Humanos, hay que transformar ese sentimiento en fortaleza y en renovadas convicciones.
El 7D no fue una derrota del gobierno, la que perdió fue la democracia y sus instituciones. En otras palabras perdimos todos. Culpar al gobierno de lo sucedido, además de poco útil, es disculpar al verdadero causante y peor, ocultarlo de la vista de todos que es lo que pretende.

bastadeodio                                                                 

martes, 9 de octubre de 2012

Mauricio Macri y el aborto no punible

¿Mauricio Macri es, como pretende, Cabeza de León o, por el contrario, Cola de Ratón?  

Hay actitudes que pintan de cuerpo entero a una persona, muchas pueden parecer insignificantes, incluso pasan desapercibidas, pero eso es engañoso.
Mauricio Macri, quien pretende convertirse -emulando a Capriles- en la cabeza que aglutine a toda la oposición al gobierno nacional, nos acaba de brindar una muestra de uno de esos casos.

Mauricio Macri no se limitó a vetar la ley sancionada por la Legislatura porteña que implementaba un nuevo protocolo para los casos de aborto no punible, más ajustado a la acordada de la Corte Suprema, sino que al hacerlo dejó en vigencia el protocolo sumamente restrictivo dictado anteriormente por el ex ministro Jorge Lemus y que fuera muy criticado. Este protocolo es una forma encubierta de establecer restricciones a los derechos de la mujer violentando la interpretación que el máximo órgano judicial de la Nación hace de los casos de aborto no punible (acordada CSJN de marzo 13 de 2012).

Hizo, además, algo peor, más artero, se encargó de difundir con casi una semana de antelación que hoy, martes 9 de octubre, se realizaría en el Hospital Ramos Mejía, la primera interrupción de embarazo solicitada por una mujer mayor que fuera víctima de trata de personas y de una violación, a raíz de la cual resultó su embarazo no deseado. ¿Raro no?, ¿Cuál podría ser el motivo para semejante actitud?.
Según Macri, versión que consigna el diario La Nación, lo que trató de hacer es aclararle a la población de la ciudad que el caso se encuadraba exactamente en las previsiones de la ley y el fallo de la Corte. Qué bien!, podría haber esperado a que la intervención se realizase y en todo caso tenía el derecho de aclararlo si alguien se lo preguntase o cuestionara, cosa que, por lo menos públicamente, no sucedió. Autorizar la intervención no está entre sus competencias u obligaciones como Jefe de Gobierno.

Uno no es ingenuo y cabe pensar que Macri deliberadamente contribuyó a montar con el tiempo necesario y en público, un escenario en el cual hicieran su presencia los autodenominados cruzados por la vida de los no nacidos. Y así sucedió. Veto y anuncio extemporáneo están estrechamente vinculados.

La organización ultra católica PRO FAMILIA, interpuso un recurso de amparo ante la juez Myriam Rustán de Estrada del juzgado Civil Nª 106, quien hizo lugar al pedido.
Cabe señalar que el juez Guillermo Scheibler del fuero Contencioso Administrativo de la Ciudad había rechazado, el viernes pasado, un planteo similar de los mismos letrados de la misma organización.
La cautelar otorgada por la juez Rustán, quien es miembro del Opus Dei, significa un alzamiento contra la Corte, se excede en sus atribuciones ya que invade un fuero -el Penal- del cual no forma parte y es muy posible que, en consecuencia, haya incurrido en el delito de prevaricato. Sin embargo todas estas consideraciones si bien son importantes para el futuro no impedirán que esta víctima en particular sufra un nuevo atropello a sus derechos, el embarazo continúa y lo que esta mujer no tiene es precisamente tiempo.

El accionar de Macri al hacer el anuncio anticipado -en una semana- de la realización de la práctica médica, tan dolorosa para la mujer, que -según la ley- pertenece al ámbito privado y que debe ser resuelta exclusivamente entre la mujer y su médico, puede no violar ley alguna, pero revela de forma inequívoca la falta de ética de este personaje y lo indecoroso y cobarde de su conducta.

Macri es tan culpable de lo que le pueda suceder a esta mujer doblemente victimizada, por el violador y por el Estado, como los fanáticos que pretenden imponer a la sociedad sus concepciones incluso por encima de la misma ley, con la colaboración de una parte de la institución judicial siempre dispuesta a burlarla.

Es indignante e inaceptable que una minoría fanática y que no atiende a razones, logre en nombre de supuestos valores que no son compartidos por la mayoría de la población, imponerle a ésta sus prejuicios y transformar en inaplicables -por la vía del hecho consumado- las decisiones soberanas y democráticas de la ciudadanía. El abogado representante de la organización PRO FAMILIA, Pedro Andereggen afirmó sin inmutarse que el fallo de la Corte Suprema es nulo. Esta es una aberración jurídica que pretende colocar al fanatismo por encima del Estado, sus instituciones y el derecho internacional. Parte de la responsabilidad de que fuese posible este atropello recae sobre el ejecutivo de la ciudad porque el veto del que hizo uso (y abuso) deja desprotegidos a los ciudadanos y ciudadanas de la ciudad.

Con esta actitud Macri, quien pretende erigirse en la cabeza del león opositor, se convierte, por su cobardía, en la cola de ratón que muchos estamos convencidos que es. Y si tiene que recurrir a semejantes subterfugios para pretender quedar bien con los unos y los otros, ¿Cómo se le pueden confiar los destinos del país?. Si tenemos memoria, no mucha, la respuesta es no, para hacer ese trabajo se requieren, entre otras cualidades, decisión y valentía y, sobre todo, sinceridad y honestidad. Cualidades que el jefe de gobierno no parece poseer.


bastadeodio                                                                        

viernes, 18 de mayo de 2012

La Metropolitana y La DDT de Macri

Mauricio Macri afirma que la Metropolitana no tiene suficientes efectivos para custodiar escuelas, hospitales, estaciones de subte y hasta los propios edificios oficiales de la ciudad. Lo dice con total desparpajo a pesar que el cuerpo que creó llega actualmente casi a los 4000 agentes. Acusa al gobierno nacional de desentenderse de la seguridad de los porteños y dispone para hacer creíble esta mentira de la cobertura que le dan los medios de comunicación opositores.
Sin embargo, el gobierno de Macri puede -con los escasos recursos de los que dice contar- crear cuerpos especiales en su Policía Metropolitana. En anteriores posts me he ocupado de la División de Intevenciones Complejas, DIC, ahora me ocuparé de otro organismo que -como en el caso anterior suelen denominar de diferentes maneras en distintas oportunidades- se trata de la División de Delitos Telemáticos, o sea DDT.

Lo cierto es que Macri parece más preocupado por dar una imagen policial de modernidad y eficiencia que por la real efectividad de la misma como un recurso para mejorar la seguridad cotidiana de los porteños. Uno tiene algo más que la sensación de que Macri habla mucho de la seguridad pero hace poco por ella. Y esa convicción se extiende al resto de las políticas sociales y culturales del macrismo. Me recuerdan, usando una analogía, a esos pueblos del oeste americano que hacían de escenario para las películas que veía de niño.
Cuando me enteré que esos pueblos donde transcurrían los duelos eran solo fachada, se rompió la magia, bastó ver esos puntales que las sostenían por detrás para destrozar la ilusión creada por el cine. El gran ilusionista de masas que supo ser, refinado e inteligente, y del cual la televisión actual es su hija boba. Siempre lamenté los backstage, esa forma de mostrar la "cocina" del cine. Pero en el caso de Macri uno se siente obligado a hacerlo. Macri no es un creador de ilusiones, es un productor de frustraciones, de inequidades, de injusticias. Mostrar que sus políticas son, en su mayoría, una fachada que esconde otra cosa, se convierte en una necesidad.

Precinto 12 - Saavedra
La PM de Macri tiene -visiblemente- su impronta, ética, ideológica y hasta estética.
Los vivos de los uniformes, móviles y gorras los ha tomado de la policía londinense. Sus comisarías (apenas construyó dos) se llaman "precintos" y los oficiales "comisionados".
Esa extraña denominación, de lo que tradicionalmente en todo nuestro país se llaman "comisarías", es tomada del inglés "precinct" palabra utilizada en los EEUU y popularizada por las películas y series de TV de  ese origen pero mal traducida al castellano como "precinto".
Esta última palabra, en nuestro idioma designa, entre otras cosas, un elemento que se utiliza para cerrar algo que no debe ser abierto (interesante significado aplicado a este caso), pero en inglés "precinct" significa, distrito, barrio y también recinto. Ocurre que en el uso común en EEUU precinct se reserva para nombrar a las comisarías de distrito y la palabra similar "district" se utiliza para indicar los otros significados, o sea, barrio (también y preferentemente neighborhood) y distrito.

Lo que si hace -además de ser un pelele imitador de estéticas y nomenclaturas foráneas- es dar amplia difusión mediática al accionar, muchas veces de dudosa legalidad, del cuerpo policial. Por ejemplo, con la colaboración de determinados jueces de la justicia contravencional porteña, la Metropolitana hace labores de inteligencia criminal y monta espectaculares procedimientos para detener, por caso, a un médico que practica abortos o a individuos sospechosos de intercambiar archivos de pornografía infantil via internet.

El elemento que no falta en todas estas intervenciones es la inmediata difusión mediática. Los procedimientos se filman y los registros llegan inmediatamente a los canales de mayor audiencia.
Por supuesto que esto lleva a la inevitable condena pública de los sospechados para los que las garantías del debido proceso y la presunción de inocencia son dejadas de lado en aras del impacto mediático. Veamos algunos casos resonantes de su actuación.

El Doctor Aborto

Germán Cardoso es médico cirujano recibido en el ´84. El 8 de junio de 2011 la Policía Metropolitana ingresó a su consultorio exhibiendo una orden de detención dictada por el juez porteño Martín Zavaleta. En la camilla había una paciente. La filmación -que rápidamente llegó a las pantallas de Telefé- la mostraba a ella, junto con un minucioso recorrido por su sangre que manchaba el piso del consultorio.

Gabriel Rojas, el comisionado de la Metropolitana a cargo del operativo, explicaba ante las cámaras el exitoso procedimiento.
En el noticiero de Telefé se llamaba a Germán Cardoso, Doctor Aborto.

Tiempo después la jueza Laura Bruniard desestimó la acusación y la magistrada Rita Acosta dictó la falta de mérito debido a que el imputado no había practicado un ejercicio ilegal de la medicina y el aborto no entra en la jurisdicción de la justicia porteña.

Todo el procedimiento era ilegal, pero al médico Cardozo nadie le quita el mote de Doctor Aborto.

En el suplemento las 12 de Página12 del 11 de mayo de 2012 se publica una entrevista al médico, solo incluiré la última parte:

P: A usted se lo conoce por un video de un operativo de la policía porteña. Pero si la Metropolitana no tenía jurisdicción, ¿a qué atribuye la difusión televisiva? ¿A un interés político o a la idea de generar temor?

–Sí, estaban muy cerca las elecciones del gobierno porteño y venían haciendo algunas cosas así: sacar manteros, cerrar una farmacia que estaba a la vuelta de mi consultorio –que vendía misoprostol– entre San Cristóbal y Constitución. Por ahí rompí las reglas. Nunca pagué coimas.

P: Es llamativo que se allane un consultorio en zona sur y no en Barrio Norte...

–Ni hablar. Yo atendía a muchas extranjeras: peruanas, bolivianas, ecuatorianas, paraguayas y gente de clase media tirando abajo. La mayoría de las mujeres eran mucamas. Los pocos casos de clases altas me decían: “No importa la plata, importa que hagas las cosas bien”. Pero la mayoría eran gente trabajadora. Hay diputadas que han pagado 18 mil dólares en consultorios de Santa Fe y Callao pero no lo dicen. La hipocresía es fenomenal, las que tienen la plata se lo hacen y las otras que se arreglen.

Contra la pedofilia

Como dije Macri ha montado una División de Delitos Telemáticos (DDT). Un aparatoso nombre que -por ahora- no ha producido que se sepa ninguna investigación realmente propia, pero permite canalizar la estrecha colaboración que esta incipiente policía ha establecido a través de Interpol con otras policías del mundo.

Uno de los delitos cuyo medio para concretarse es internet consiste en la difusión de imágenes y videos pornográficos o eróticos en los que supuestamente participan menores de edad. Sobre este tipo de presuntos delitos existe una amplia colaboración internacional, en la cual no solo participan los organismos policiales sino también algunas empresas vinculadas al negocio de la web.

Desde luego que la pedofilia es condenable de todo punto de vista y la utilización de menores en estas situaciones producidas por adultos debe ser reprimida. Pero lo cierto es que el término pedofilia no está, en la práctica y desde el punto de vista legal bien definido, lo que puede llevar a acusaciones infundadas y excesos de las fuerzas judiciales y represivas que pueden avanzar sobre las libertades individuales.

No es lo mismo -y no lo digo desde un punto de vista moral sino desde el sentido común- tener guardados en algún medio digital archivos conteniendo estos elementos, que compartirlos en la red con otros usuarios y mucho menos éstas dos situaciones son equivalentes a producir este material en forma original.

Estos tres casos son, a mi juicio, bien diferentes. En el primero no se afectan a terceros y, en consecuencia, no habría delito alguno, quedando la conducta en la esfera privada del individuo; en el segundo implica la difusión de material audiovisual considerado ilegal por muchas legislaciones -incluida la nuestra-, y el caso se podría encuadrar en un delito menor: el de apología del delito. Solo en la tercera de las situaciones, en las que el acusado es productor del material y con ese fin a cometido abuso de menores, no existe la menor duda de que se está frente a un delito grave. Las tres situaciones deben ser debidamente distinguidas tanto desde el punto de vista legal como de la acción policial.

En el caso de la justicia contravencional porteña debería, además, quedar muy bien definido y es una obligación del Estado Nacional y local aclararlo, que tipo de contravenciones y de faltas son de su competencia y cuales son de competencia federal o de la justicia penal ordinaria. Casos como el del denominado Doctor Aborto no deberían repetirse. Hacia el final del post me meto un poco en este complejo tema.

En los hechos las actuaciones de la Metropolitana parecen no reconocer fronteras legales ni geográficas y la supuesta represión de los delitos telemáticos, en realidad, consiste -por lo que se sabe- exclusivamente en la persecución de supuestos pedófilos. Citaré algunos casos que han tenido, como siempre ocurre, amplia difusión en los medios de comunicación de forma tal que en la mayoría no se preservó -todo lo contrario- la identidad de los presuntos transgresores.

Caso 1: Damián de Santo detenido por pedofilia. El actor vinculado a Telefé fue detenido y puesto en libertad después de que la policía haya encontrado en su disco duro mas de 10.000 archivos, fotos, y videos relacionados con pedofilia, muertes, y demás aberraciones, según informó la Fiscalía de la ciudad de Buenos Aires. Fue arrestado por el Grupo de Delitos Tecnológicos de la Policía Metropolitana (otra denominación alternativa) en la localidad balnearia de Las Toninas (!). La investigación se inició a partir -según se dijo- de una denuncia anónima.
Prima facie el caso corresponde a la primera de las situaciones descriptas más arriba: alguien que "colecciona" imágenes y otros archivos considerados por su contenido ilegales, pero que ni está probado que los comparte, ni los produce. Como se ve es un caso impactante y no se preservó, sino todo lo contrario, la identidad del presunto trasgresor. (Fuente: Diario de la Costa)

Caso 2: Allanan la casa de un pedófilo y secuestran material pornográfico. Fue a raíz de una investigación de la policía alemana, que  había "detectado que un usuario (vecino de Boedo) descargaba y compartía en demasía videos pornográficos de menores", precisó la policía porteña. El acusado utilizaba el programa de intercambios de archivos 'Emule' para descargar y compartir imágenes pornográficas de menores. la intervención de la DDT se limitó a determinar el domicilio al cual le correspondía la IP detectada por los alemanes.
Cualquiera que conozca el funcionamiento del programa citado, el eMule, sabe que todos los archivos descargados se localizan en una carpeta que el propio programa, por defecto, nombra "incoming" y automáticamente éstos son compartidos con otros ignotos usuarios de la red creada por el programa.
Intervino la jueza Gabriela Z. Zangaro, a cargo del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas  Nº 22, quien ordenó allanar el domicilio implicado.
Esta, es la segunda investigación que la Metropolitana realiza en conjunto con Interpol y policías de otros países. (Fuentes: Clarín y la propia Metropolitana) fecha: 23/04/2012

Caso 3: Pedófilo detenido en La Plata por una denuncia de Microsoft. La empresa observó que el hombre publicaba (?) gran cantidad de imágenes pornográficas en el sitio de almacenaje "Sky Drive", uno de sus servicios, por lo que se contactó con la fuerza de seguridad federal estadounidense para investigar el caso. El caso recayó en el fiscal Walter López (es muy activo el hombre en este tipo de intervenciones de la PM), pudo precisar que las conexiones para difundir las imágenes pornográficas se realizaban desde una casa de La Plata (!). (?) Es necesario aclarar que en esos sitios, como Sky Drive, no se publican archivos, solo se guardan y se comparten no de forma pública sino exclusivamente con aquellos usuarios que el propietario de los archivos determine.

Resumiendo: a mediados del año pasado los investigadores del FBI detectaron que el IP (registro de conexión de internet) correspondía a la Argentina, por lo cual dieron aviso a Interpol. En la Argentina, la causa quedó a cargo de la justicia de la Ciudad de Buenos Aires que dio intervención a la Policía Metropolitana para los procedimientos correspondientes de acuerdo con todos los datos del FBI. No intervino -por lo informado- la Policía Federal. Otra vez la actuación de la DDT se limitó a detectar el domicilio al cual le correspondía la IP acusada por Microsoft y el FBI. En este caso, como probablemente en la mayoría, lo único que se probó es que desde esas computadoras se descargaban archivos vinculados a actividades calificadas de pedofilia. La vivienda fue allanada y todos los medios de almacenamiento secuestrados junto con una cámara digital y -según reza la información- "juguetes sexuales". (Fuente: Inforegión)

Caso 4: El capitán que sacaba fotos. El acusado se desempeñaba en la sede del Estado Mayor Conjunto, que fue allanada. Según la investigación, pagaba a adolescentes para fotografiarlos desnudos y en poses sadomasoquistas. Su presunto cómplice trabajaba en una santería. Un técnico en sistemas de la Armada, con rango de capitán de fragata, y un empleado de una santería porteña fueron procesados por producir materiales pornográficos con menores de edad. Intervino Natalia Molina, titular del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas 8 de la Ciudad con la colaboración de la División de Telemática de la Policía Metropolitana. La información oficial preserva el nombre del capitán y su supuesto socio pero da datos de su filiación suficientes para que mucha gente pueda identificarlo. Según la información hecha pública este seria, de los cuatro analizados, el único caso donde se puede sospechar la existencia de un verdadero delito de pedofilia. Sin embargo este es un caso donde la no está muy claro cuál fue el aporte real de la DDT. (Fuente: el observatorio de la metropolitana)

Sintonía Fina:

En mi opinión ha llegado el momento en el que los legisladores de la Ciudad y de la Nación pongan una mirada más atenta e inquisitiva sobre el accionar de la PM y el marco legal en que se desenvuelve. No soy un experto en leyes pero me resulta posible sospechar que el accionar de la PM puede exceder el marco que le dio origen.

La ciudad autónoma de Buenos Aires, la CABA, no tiene el status y la independencia de una Provincia y, en consecuencia, sus poderes son más limitados. La cuestión está sujeta a debate. La Corte Suprema en un fallo dividido, en el cual la Dra Argibay y el Dr Zaffaroni estuvieron en desacuerdo, estableció que la CABA no es equiparable a una provincia porque su creación -que resulta de la ley Cafiero del `94- la hace diferente de las provincias que como entidades jurídicamente separables son previas a la existencia misma de la Nación. Este es un argumento discutible y discutido por varios constitucionalistas. Pero su existencia de hecho impide, por ejemplo, que tanto la Nación como la Ciudad sometan los conflictos interjurisdiccionales existentes a la interpretación de la Corte.

Esa condición de ambigüedad legal originaria es fuente de innumerables problemas y se traslada a la interpretación de las atribuciones que se toman algunos fiscales y jueces de la justicia porteña y a las funciones y limitaciones en el accionar de la PM. Ya se sabe que respecto a las facultades que la ley Cafiero no le otorga a la Ciudad o que están en discusión, Macri, si le conviene, se las toma y si no le interesan o van contra sus "principios", no las ejerce estén o no sujetas a debate.
Más allá de las discusiones jurídicas, en algunas situaciones que se han dado y que hemos visto retratadas aquí, es posible olfatear incluso cierta connivencia entre algunos integrantes del poder judicial local y el ejecutivo, cosa que no debería suceder dada la cacareada independencia de poderes.

El limitado relevamiento realizado de la información hecha pública sobre el tema y que involucra a la PM y su DDT (tanto la policía federal como la bonaerense tiene estructuras similares) muestra, además, otra cosa. Internet no es para nada el espacio abierto y libre que muchos suponen que es. Los intercambios en la red de redes están bajo vigilancia, dentro y fuera de nuestras fronteras. Esta vigilancia, intervención y consiguiente persecución de supuestos o reales delitos está sujeta a un margen de arbitrariedad y de falta de transparencia demasiado grande que de hecho afecta a las libertades individuales sin que medie para hacerlo una debida justificación y advertencia por parte de los Estados.

bastadeodio                                                              

jueves, 22 de marzo de 2012

Un cavernícola a la derecha, por favor

En abierto desafío a una muy reciente resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación -la máxima instancia nacional en lo que respecta a la interpretación de la ley y a su aplicación y cabeza del Poder Judicial, uno de los tres poderes de la democracia- el gobernador de la provincia de Salta Juan Manuel Urtubey afirmó que los hospitales en esa provincia sólo realizarán abortos no punibles “si la mujer que lo solicita tiene una autorización firmada por un juez”.

Urtubey sostuvo, además, que el fallo de la Corte Suprema de Justicia “es sólo para un caso” y no abarca a todos los casos de mujeres embarazadas como consecuencia de una violación. “Cuando los jueces sean legisladores, podrán cambiar la ley”, agregó soberbio, ignorando el fallo y su contenido.

El máximo Tribunal de la Nación confirmó  la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Chubut que, en marzo de 2010, autorizó la realización de un aborto a una joven de 15 años de edad, que había sido violada por su padrastro, y, de eso modo, rechazó el recurso extraordinario que interpusiera el Asesor General Subrogante de la Provincia de Chubut.

El fallo fue de carácter unánime y contó con el voto conjunto del presidente de la Corte Ricardo Lorenzetti, de la vicepresidenta Elena Highton de Nolasco y de los jueces Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni, y votos individuales de Enrique Petracchi y de Carmen Argibay.

El dictamen sentó un importante precedente a la hora de dar cumplimiento al artículo 86, inc. 2, del Código Penal donde se establece que, en los casos de violación, los abortos no son punibles y deben realizarse si es que la mujer,  joven o niña lo requieren, sin que intervenga un juez y con el solo requisito de una declaración jurada de la víctima.

El fallo de la Corte Suprema establece en sus fundamentos que:

1) La Constitución y los tratados de derechos humanos no sólo no prohíben la realización de esta clase de abortos sino que, por el contrario, impiden castigarlos respecto de toda víctima de una violación en atención a los principios de igualdad, dignidad de las personas y de legalidad. De este modo, se puso fin a la incertidumbre relacionada con el alcance del artículo 86, inciso 2º, del Código Penal, en tanto algunas instancias judiciales han entendido que éste sólo se aplica respecto de la víctima de una violación que poseyera alguna discapacidad mental, criterio que llevaba a que la cuestión se judicializara a lo largo del país con resultados adversos y, en algunos casos, con riesgo a la realización del aborto o a la salud de la madre.

2) Los médicos en ningún caso deben requerir autorización judicial para realizar esta clase de abortos, debiendo practicarlos requiriendo exclusivamente la declaración jurada de la víctima, o de su representante legal, en la que manifieste que el embarazo es la consecuencia de una violación.

3) Los jueces tienen la obligación de garantizar derechos y su intervención no puede convertirse en un obstáculo para ejercerlos, por lo que deben abstenerse de judicializar el acceso a estas intervenciones, las que quedan exclusivamente reservadas a lo que decidan la paciente y su médico.

4) Las autoridades nacionales y provinciales deberán garantizar ante casos de aborto no punibles “las condiciones médicas e higiénicas necesarias para llevarlo a cabo de manera rápida, accesible y segura”. Para eso, se exhorta a las autoridades “a implementar, mediante normas del más alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles” en pos de reducir las barreras administrativas; a brindar asistencia a las víctimas, quienes deben recibirla “en forma inmediata y expeditiva, (…) para resguardar su salud e integridad física, psíquica, sexual y reproductiva”; y, por último, a elaborar campañas de difusión con “especial foco en sectores vulnerables” para que las víctimas de abusos sexuales conozcan sus derechos.

Previamente a Urtubey se habían manifestado públicamente en contra de la resolución del Tribunal Supremo, altas autoridades de la Iglesia Católica como es el caso de Monseñor Aguer, arzobispo de La Plata y del propio presidente de la Conferencia Episcopal, monseñor José María Arancedo.

El primero dijo:

“Se ha realizado una interpretación en sentido amplio, laxista (sic), del viejo Artículo 86 del Código Penal, que no castigaba el aborto en el caso de una mujer con una deficiencia mental que había sido violada” y agregó que “la Corte ha interpretado autoritariamente (sic) aquella excusa (sic) extendiendo la no penalización del aborto a todo caso de violación”.

“La justicia argentina jamás se atrevería a castigar con la pena de muerte al violador, pero está castigando con la pena de muerte al fruto de una violación, añadiendo a ese crimen horrendo que es la violación otro horrendo atentado que es la muerte del inocente, porque de eso se trata, de la eliminación de una vida humana inocente”

“Lo más grave –resaltó el arzobispo- es que la Corte Suprema de Justicia de la Nación falle en contra de la Constitución. Alguno podrá pensar que no es la primera vez que lo hace, pero este caso es particularmente significativo porque la Constitución, reformada en 1994, ha incorporado a su texto tratados internacionales que reconocen el derecho a la vida desde el instante de la concepción y, además, las reservas que ha hecho la Argentina en distintas conferencias internacionales, aclaran que se trata del niño por nacer, es decir, de un ser humano que es tal desde el instante de la concepción”.

En pocas palabras, el obispo, sin poseer ninguna autoridad sobre cuestiones legales, se coloca por encima de la Corte Suprema como intérprete de la ley y de la Constitución y además sugiere que esta Corte no es la primera vez que falla en contra de la Constitución. Pocas veces se ve actualmente tanta arrogancia, es propia de otras épocas, aunque viniendo de quién viene, no sorprende para nada.

Arancedo, por su parte, interpretó, luego de su entrevista con el presidente de la Corte Ricado Lorenzetti, que el fallo "abre las puertas al aborto" sugiriendo que este puede ser aprovechado para practicar abortos declarando una violación inexistente (el ladrón piensa que todos son de su misma condición) y se manifestó, como máxima autoridad de la Iglesia argentina, claramente en contra del mismo.
Es imposible no conectar -aunque sean contradictorias en apariencia- éstas declaraciones con las igualmente repudiables del ministro de salud de Corrientes cuando afirmó que la asignación universal por embarazo estimulaba a que las jovencitas se hicieran embarazar para cobrar la platita. Ambas comparten el mismo prejuicio, el mismo criterio discriminador, el mismo desprecio, con respecto a los más necesitados. Por que son ellas, en ambos casos, las mujeres violentadas por la violencia machista o la exclusión social, quienes requieren del auxilio y la protección del Estado frente a las carencias y desgracias a las que las somete la desigualdad. Las mujeres y jóvenes de las clases más beneficiadas no se encuentran ante estos dilemas ya que están en condiciones de resolverlos de otra forma mucho más reservada y a salvo de las miradas y los juicios inquisitoriales de estos cavernícolas.

Sin embargo y opiniones aparte, me interesa distinguir las declaraciones contrarias al fallo de los referentes de la Iglesia, de las declaraciones de un gobernante como es el caso de Urtubey.

En democracia todos tienen derecho a opinar, siempre y cuando su opinión no resulte discriminatoria con respecto a una persona o grupo en razón a su sexo, raza, credo, edad o posición social.

Pero los gobernantes, así lo han jurado al asumir el cargo, están obligados a respetar la Constitución Nacional y la división de poderes y de responsabilidades que esta impone. No es una cuestión que se pueda someter a la interpretación, el gobernante no tiene el derecho de imponer al conjunto de la sociedad, lo haya elegido o no, su voluntad, sus opiniones personales o sus costumbres de cualquier tipo.

El señor Urtubey puede y tiene el derecho de coincidir con las autoridades de la Iglesia en sus opiniones con respecto al fallo de la Corte. El gobernante Urtubey no tiene el derecho de dictar normas o realizar actos que impidan el cumplimiento del fallo del máximo tribunal constitucional.

Es tan simpe como eso, nadie lo puede censurar por su opinión, en cambio sus actos de gobierno pueden y deben ser juzgados y condenados en caso de ser actos que van en contra de nuestro ordenamiento institucional.

Una provincia no es una unidad independiente de la Nación, no constituye un principado, si bien tiene o puede tener su propia constitución y su sistema legal, su contenido no puede violar la Constitución Nacional y nuestro ordenamiento institucional. En pocas palabras Urtubey gobernante de Salta está obligado a dictar las resoluciones que hagan posible que el fallo del Supremo se cumpla en el ámbito de su provincia y si no está de acuerdo y se convierte en un objetor de conciencia debe dejar el cargo porque no está en condiciones de ejercerlo.

Su declaración, que va en sentido contrario al que lo obliga la ley, constituirá, a mi modo de ver, de concretarse institucionalmente, un claro ACTO INCONSTITUCIONAL DE REBELDÍA y tendrá que atenerse a las consecuencias civiles, penales y administrativas a las que su irresponsabilidad expone al Estado provincial.

bastadeodio                                                              

miércoles, 7 de marzo de 2012

Audiencia Pública por los Derechos de los Qom

Convocada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se celebrará mañana miércoles 5 de marzo a las 10 horas en la Plaza Lavalle frente al Palacio de Tribunales una audiencia pública para tratar la denuncia realizada por los integrantes de la comunidad qom "La Primavera" de Formosa contra El Gobierno Provincial y la Universidad de Formosa por la ocupación de tierras pertenecientes ancestralmente a la comunidad.

Se convoca a todos aquellos ciudadanos que compartan las demandas de los Pueblos Originarios y sus demandas de Justicia a asistir y brindar su apoyo.

bastadeodio                                                           

viernes, 2 de marzo de 2012

La Reforma y Unificación de los Códigos Civil y Comercial

Tapas de los principales diarios de Buenos Aires del viernes 2 de marzo de 2012 (ampliar)
En el extraordinario discurso presidencial (Completo aquí), en el fragor de los comentarios posteriores un tema planteado por Cristina recibió menor atención de la que debería. Se trata del Proyecto de Reforma y Unificación de los Códigos Civil y Comercial, al respecto en su mensaje, Cristina afirmó:

"Quiero también anunciarles una tarea muy importante, el 28 de febrero de 2011 firmé el decreto 191, y acá lo observo al titular de la Corte que me sonríe. Ese decreto dispone la creación de una comisión para la reforma, actualización y unificación de los códigos civil y de comercio. En estos días la comisión la preside el titular de la Corte, el doctor Lorenzetti, la integran la señora vicepresidenta de la Corte, doctora Elena Highton de Nolasco y la jurista Aída Kemelmajer de Carlucci. A los tres, con el auxilio del Ministerio de Justicia de la Nación y también con la participación de las academias y de juristas, se les encomendó esta tarea y yo, la verdad, me siento un poco Napoleón porque en realidad no estamos ante un hecho legislativo. La comisión va a efectuar la presentación en mi despacho y luego, en el Museo del Bicentenario, se expondrá cuáles son los lineamientos fundamentales, pero hay cosas muy importantes que les quiero adelantar. Primero, estamos haciendo un acto de codificación y, obviamente, lo voy a tener que remitir como titular del Poder Ejecutivo a ustedes los legisladores.

No estamos ante un acto de legislación; estamos ante un verdadero acto de codificación, similar al que hizo Vélez Sarsfield, que tuvo inspiración en la codificación, que es una de las tareas más importantes que se le asignó a Napoleón Bonaparte. Los que hayan visitado la tumba de Napoleón Bonaparte pudieron observar que en uno de los recordatorios de sus principales obras, además de las batallas, obviamente, está precisamente haber sido el autor de la codificación civil francesa.

Yo, medio en broma medio en serio, le decía a los integrantes de la comisión que me iba a sentir Napoleón el día que les mandara el código. El código unificado realmente tiene importantes cosas, tales como por ejemplo sociedades de un solo socio. Se dice que los derechos deben ejercerse de buena fe –esto es un principio general– y que no se puede abusar de ellos. En el artículo 11 se dice que no se puede hacer abuso de la posición dominante en el mercado, tema muy importante para el control de los monopolios. Las sociedades de un solo socio, como dije recién, son muy importantes.

En cuanto al divorcio, se simplifica para evitar las ficciones que hay que montar. Lo saben los abogados y lo saben los jueces. Se simplifica el juicio en los casos de divorcio, bastando la voluntad de uno solo de los cónyuges sin necesidad de expresar mutuo acuerdo. Se adopta también el sistema de convenciones prenupciales, contratos prematrimoniales, que van a permitir que las partes decidan y acuerden... Veo que algunos aplauden más que otros; no sé por qué será. (Risas) Pero bueno, no quiero meterme en la vida privada de nadie. Esto es vida privada; son derechos personales del Código Civil. También, entre otras, se reconoce una cosa que a mi criterio es muy importante, que son las uniones de convivencia. (Aplausos.) Porque hay mujeres que, luego de vivir durante mucho tiempo junto a un hombre, cuando envejecen –o no- las dejan de lado y sin ningún derecho. Estas cosas van a ser reconocidas para hombres y para mujeres. Ojo. (Aplausos.)

Se abordará asimismo el tema de la reproducción humana asistida, que debe tener legislación. (Aplausos.) También la gestación por sustitución, sobre todo para aquellos casos en que, por más que haya fertilización asistida, la mujer está imposibilitada de concebir; se hará con control judicial, será motivo de discusiones –lo sé–, pero son discusiones que la sociedad tiene que dar, como dimos la discusión de matrimonio obligatorio... Porque vivimos en el siglo XXI, pero fundamentalmente... Quise decir matrimonio igualitario. ¿Saben por qué dije obligatorio? Por hacerme chistes cuando tratamos el tema. Me decían: “pero mire que no va a ser obligatorio, va a ser únicamente si se quiere”. Eso era para los que hacían tanta contra en este tema del matrimonio igualitario. Ustedes se acuerdan que una de mis promesas fue la ley de adopción. Prometí leyes como la penal tributaria, que fue aprobada; antilavado, que fue aprobada; promoción del software, que fue aprobada; peón rural, que fue aprobada, y propiedad de la tierra.

¿Por qué no hubo ley de adopción? Porque precisamente decidimos, cuando se constituyó la comisión, que por una cuestión de técnica y de orden legislativo la adopción debe estar dentro de los derechos personales del Código Civil. Por lo tanto, en términos de técnica legislativa, era mucho más conveniente que no fuera objeto de una ley particular sino que figurara como parte del Código Civil y completara el círculo de la familia. Porque, en realidad, lo que estamos haciendo es completar y proteger definitivamente a la familia y a los menores, que de esto se trata la legislación, o por lo menos de esto debiera tratarse. También se aborda el tema de la propiedad comunitaria indígena, tal cual lo marca la Constitución Nacional, pero estableciendo claramente que la propiedad es de la comunidad indígena, que no puede ser transferida a terceros ni ser objeto de negocios. (Aplausos.) Se reconoce así el verdadero sentido que el legislador constituyente le quiso dar a la comunidad originaria aborigen, no para que se constituya en un negocio fuente de litigios. Por supuesto, son todas cosas absolutamente corregibles y perfectibles. Y está trabajando conjuntamente el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el ordenamiento de todo lo que va a ser presentado en este Congreso."

Reacciones:

- Página 12 tituló: Una reforma de alto impacto social

"Habrá mayor agilidad para el divorcio y se instaurará el contrato prenupcial. Se regularán la fertilización asistida y la gestación por sustitución. Los cambios incluyen la adopción y el derecho a la propiedad comunitaria de pueblos originarios."

Y en la nota destaca que la elaboración de la propuesta de reforma se llevó a cabo mediante "una vasta consulta a la comunidad jurídica" y que, según explicó Leandro Vergara, director del Departamento de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UBA, "la reforma de los códigos quedará como la transformación más importante de estos tiempos: todo lo demás es nada en comparación con este cambio espectacular”.

Este será el cuarto proyecto para reformar el Código Civil desde el retorno de la democracia: los anteriores, siempre elaborados por comisiones ad hoc, se concretaron en 1987, 1993 y 1998, pero ninguno llegó a tener tratamiento legislativo.
Para el actual, según Vergara, “hay voluntad política y existe un consenso importante en la comunidad jurídica”. Este consenso provendría “del predicamento con que cuentan los integrantes de la comisión, y de que ellos empezaron por hacer una amplia consulta a juristas: sobre esa base han venido elaborando su proyecto”.

Atilio Alterini, ex decano y actual profesor emérito de la Facultad de Derecho de la UBA, destacó “la importancia de unificar los códigos Civil y de Comercio, ya que actualmente, por ejemplo, en un conflicto que se suscite en una compra efectuada por un particular, la solución puede ser distinta según se aplique uno u otro código”

- El diario Clarín tituló: "La reforma del Código Civil, un tema que traerá polémica"

En la nota lo que se afirma es inexacto ya que dice:

"En su discurso ante la Asamblea Legislativa, Cristina Fernández de Kirchner se refirió ayer al proyecto de reforma, actualización y modernización de los Códigos Civil y de Comercio."

No solo se trata de una "actualización y modernización" -como si estas palabras significaran algo distinto- sino de una Unificación de ambos Códigos, Civil y Comercial. Modificaciones (actualizaciones) parciales hubo varias (ver aquí), las más importantes ocurrieron durante el gobierno de Raúl Alfonsín. Pero esto no se trata de ese tipo de reformas sino de algo mucho más profundo e integral, como señalan los especialistas. Sin embargo, para Clarín, solo traerá "polémica". La nota que está firmada por Silvana Boschi. Finaliza diciendo:

"Aunque hay consenso entre académicos y juristas en la necesidad de esta reforma, por sus componentes también ideológicos y religiosos será un debate que promete levantar polémica."

- El diario La Nación le dedica al discurso una nota firmada por Morales Solá, cuyo título es: "Una obra cumbre del relato oficial" (aquí) en la cual el periodista estrella ni menciona este aspecto del discurso presidencial.

Lo mismo ocurre con la segunda nota, en este caso, un editorial titulado: "Engañoso discurso presidencial"  (ver aquí)
En la bajada afirma: "Tergiversaciones, omisiones y ataques caracterizaron el mensaje de la Presidenta ante la Asamblea Legislativa"

Los temas desarrollados en el editorial repiten de forma puntillosa y sugestiva los tópicos abordados por Morales Solá, incluida la ausencia de mención de este importante tema.

- El diario Perfil consigna este aspecto en su nota titulada: "Las definiciones más importantes del discurso de más de 3 horas de CFK", sin hacer mayores comentarios.

- El diario Tiempo Argentino le dedica al discurso dos notas: una entrevista al Jefe de Gabinete Abal Medina  y otra a la titular de Abuelas Estela de Carlotto. En ninguna de las dos entrevistas (la primera radial y la segunda televisiva) se menciona la reforma.

Es de imaginar que cuando el proceso se inicie, primero con la presentación en sociedad de la Propuesta de Reforma lo que se hará en un acto público en el Museo del Bicentenario y luego ingrese al Congreso para su tratamiento legislativo el tema ocupe la dimensión informativa que merece.
Es inocultable la importancia que tiene esta reforma, actualización y unificación de los códigos civil y de comercio para los actos relevantes y las decisiones familiares de los argentinos, es decir para la vida cotidiana y la oportunidad de introducir una legislación de avanzada en diversos temas de sumo interés social. Entre los medios capitalinos el que mayor importancia le otorgó al anuncio presidencial fue el diario Página12.

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viernes, 16 de septiembre de 2011

María Eugenia Vidal ante la Corte Suprema

La demanda de una particular, Sonia Quisbeth Castro, una inmigrante boliviana que vive en el país desde hace once años, ha llegado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La historia de Sonia es dramática, hace seis años quedó embarazada de su hijo que padece de una encefalopatía congénita que la obliga a brindarle una atención permanente. El compañero de ese momento de Sonia no se hizo cargo de la situación y los abandonó. Estuvo alojada en hogares y paradores del GCBA hasta que por aplicación del decreto 690/06 que establece un límite de diez meses para la asistencia dejó de percibir el magro subsidio de 450 pesos que no le alcanzaba para un alquiler pero era algo, mejor que nada.
Sonia y su pequeño hijo, que entonces tenía dos años, quedaron literalmente en la calle.

Recibió la asistencia legal de la Defensoría del Poder Judicial de la Ciudad. Con su patrocinio logró que la jueza Alejandra Petrella le ordenara al gobierno la renovación de la asistencia. La Ciudad apeló y la Cámara volvió a fallar a favor de Sonia. La gestión PRO, entonces, recurrió al Tribunal Superior de Justicia porteño que, esta vez sí, dictaminó a favor del Ejecutivo, afirmando que la asistencia habitacional no podía ser indefinida. Por esa razón, la Defensoría porteña presentó un recurso extraordinario ante la Corte, que fue admitido y en virtud del cual se convocó a la primera audiencia pública que tuvo lugar ayer, 15 de setiembre.

Asistieron por parte del GCBA la ministra de Desarrollo Social y vicejefe electa, María Eugenia Vidal, y el procurador, Ramiro Monner Sans.
Por la parte demandante actuaron la defensora adjunta Graciela Chiste, que cuestionó “la tergiversación que el Gobierno de la Ciudad hace del derecho a la vivienda cuando da respuestas mediante programas del Ministerio de Desarrollo Social que apuntan a atender contingencias”, y que “no constituyen soluciones para personas en situación de pobreza estructural”, como en el caso de Sonia.

Luego expuso Julián Langevín, defensor oficial ante la Corte, en representación del niño. Contó que visitó el lugar donde vive Sonia con su hijo, “un cuarto de tres metros por tres, sin ventanas, con baño, pero sin cocina ni lugar para jugar". Ambos defensores reclamaron que Sonia y su hijo deben acceder a una vivienda digna. En su defecto, al menos, se le debe mantener el subsidio, con el monto actual de 1700 pesos fijado por la Justicia, que le permita seguir viviendo bajo techo.

¿Entonces, si no se actúa por demanda judicial, se termina el subsidio y la gente queda en la calle?”, preguntó sin rodeos la jueza Elena Highton de Nolasco. La ministra Vidal admitió que era así.

Vidal defendió los límites temporales que se le fijan a la asistencia a personas en situación de calle y atribuyó el colapso del sistema a "la presión de la demanda" que ejercerían "las migraciones tanto de provincias como del extranjero hacia la Ciudad". Además cuestionó la falta de aportes del Gobierno Nacional para la construcción de viviendas (Plan Federal de Viviendas). Vidal argumentó que mientras el crecimiento poblacional de las villas fue del 20%, en toda la ciudad se registró solo un 4%. y que además, según el último censo, el 30% de la población no es oriunda de la Ciudad (26% del interior y 10% de extranjeros, son las cifras que dio).
En síntesis Para Vidal, “quien está en un parador no vive en situación de calle”.

Los jueces Juan Carlos Maqueda, Elena Highton y Ricardo Lorenzetti, presidente del tribunal, efectuaron numerosas preguntas a la funcionaria: si el gobierno porteño equiparaba paradores con viviendas; cómo se compadece el aumento de la demanda de viviendas con la subejecución presupuestaria –en 2010 se gastó sólo el 44 por ciento del dinero previsto para el IVC– y si, ante los límites de los subsidios, a las familias necesitadas no les quedaba otra que judicializar el reclamo.

Vidal solo respondió afirmando que la vía de los amparos representaba “una enorme inequidad con quienes no acceden al sistema judicial”. Fue entonces cuando Lorenzetti le dijo: “Usted dice que no se debe judicializar, que hay bastante judicialización, pero esto indica que hay un problema, que la gente está insatisfecha” con el programa tal como funciona. Respecto de las discrepancias entre Nación y la Ciudad el Ministro Lorenzetti afirmó: “Pero mientras no se ponen de acuerdo hay una situación de inmediatez, la gente recurre a un juez porque no puede esperar

Para tener una idea de la magnitud del problema bastan los datos suministrados en la audiencia por Graciela Chiste, hay otros 1200 casos en juzgados de primera instancia porteños y otros 200 en Cámara de Apelaciones. Un indicio de que el máximo tribunal, además de expedirse sobre el caso, podría establecer un criterio general.

El único diario que dedicó una nota a este acuciante tema fue Página12. Para el resto simplemente no existió. En bastadeodio nos ocupamos del tema varias veces, aquí, aquí, aquí, por ejemplo.

Un detalle: En determinado momento de la audiencia Vidal, probablemente agobiada por la situación, tras contestar una pregunta, dio media vuelta y ya se iba cuando el presidente del tribunal le advirtió que el cuestionario seguía. Vidal no tuvo más remedio que quedarse hasta el final.

Lo que en el fondo se discute en esta audiencia es si existe un derecho como "el derecho a una vivienda digna para todos los habitantes de la Nación" y si ese derecho como los restantes deben ser garantizados por el Estado.

El fallo Del Supremo de la Ciudad favorable al GCBA no hizo más que remitirse a uno anterior, conocido como “Alba Quintana Pablo, c/GCBA”, con el que la Corte porteña sentó su jurisprudencia en la materia. En resumidas cuentas, dice que las normas que regulan la cuestión habitacional no brindan “un derecho inmediato e irrestricto a obtener una vivienda, los subsidios son medios paliativos que pueden ostentar carácter parcial y temporario, sin que corresponda a los jueces asignarlos”. Aunque lo consideraron un asunto que excede la órbita judicial, dijeron de todos modos que los paradores que ofrece el gobierno porteño para pasar la noche constituyen una respuesta suficiente. El caso “Alba Quintana” es uno de los tantos que se encuentran en la Corte Suprema. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Colectivo para la Diversidad (Copadi) presentaron un “amicus curiae” ante la Corte Suprema en el que cuestionan los términos de la resolución del tribunal porteño.

“El derecho a la vivienda es una garantía reconocida en el artículo 31 de la Constitución de la Ciudad, en el 14 bis de la Constitución Nacional y en el Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales, pero no la ofrecen los paradores ni la ayuda momentánea y excepcional”, dijo Diego Morales, del CELS, para explicar su planteo. “O se sostiene el subsidio mientras dura la emergencia habitacional o se planifican alternativas para cada grupo familiar, desde construir casas hasta promover créditos. Hay que buscar una salida definitiva pero hasta ahora no ha habido una política que piense en la solución a este problema”.
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martes, 6 de septiembre de 2011

Lesa Humanidad

El Presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, durante la presentación del libro "Derechos humanos: justicia y reparación", que escribió junto a Alfredo Kraut, también funcionario de la Corte Suprema, hizo algunas precisiones que merecen ser difundidas.

"Los Juicios por crímenes de lesa humanidad son una conquista de la sociedad en su conjunto. No dependen de la coyuntura sino que forman parte de un proceso histórico en el que la voluntad de avanzar en ellos forma parte de un contrato social de todos los argentinos."

Afirmó que hoy "Estamos todos de acuerdo, no hay hoy disidencia de los partidos políticos o en el conjunto de la mayoría de la sociedad"

"Los juicios de lesa humanidad tienen una importancia fundamental porque el hecho de que se discuta sobre esto, que se conozca, que los hechos se transmitan nos hace reflexionar como sociedad sobre por qué se llegó a esto, que es la misma reflexión que se hace en Europa"..."las sociedades, los pueblos, a veces se adormecen, toleran lo que debería ser intolerable y es ahí donde comienzan a nacer estos monstruos, el huevo de la serpiente".

Un delito de lesa humanidad, precisó, "es cuando el Estado actúa en contra de sus propios ciudadanos y los persigue masivamente. Es un ataque masivo contra la población civil hecha desde el propio Estado".

"Esta concepción es muy estricta porque los juicios de lesa humanidad son una excepción a la regla: la regla es que hay prescripción, y acá no la hay; la regla es que los delitos se pueden perdonar y pueden ser amnistiados y acá no hay amnistía ni perdón", continuó.

Lorenzetti remarcó: "Entonces, como toda excepción hay que mantenerla y no transformarla en regla. Por eso es que en los países donde esto se ha hecho, fueron procesos muy restrictivos con muy poca gente; la Argentina -destacó- es el caso más amplio en el mundo".

Los Juicios Continúan:

La justicia federal de La Plata confirmó que juzgará desde el próximo lunes 12 a 26 represores de la última dictadura militar, entre ellos un civil, por delitos de lesa humanidad cometidos contra 360 víctimas, en 6 centros clandestinos de detención, que integraban el denominado "Circuito Camps".

El juicio estará a cargo del Tribunal Oral Criminal I de La Plata, presidido por Carlos Rozanski, que ya juzgó y condenó por genocidio al represor Miguel Etchecolatz y al ex capellán de la Policía bonaerense, Chirstian Von Wernich.

El titular del Tribunal, Carlos Rozanski, expresó a Télam la importancia de este nuevo juicio por "formar parte del proceso de reconstrucción histórica iniciado en el 2006, con el juicio condenatorio a Etchecolatz, que crece a todo el país, con la característica que se realiza dentro del propio país y lo realiza la justicia del propio país donde se cometieron esos crímenes de lesa humanidad".

El juez destacó como características de este juicio "la cantidad de imputados: 26", entre ellos un civil, y que abarca los seis centros clandestinos de detención que integraron el denominado "Circuito Camps", en alusión al general Ramón Camps, jefe militar de la policía bonaerense durante la última dictadura y uno de los más sanguinarios genocidas.

Estos seis centros son:  la Comisaría 5ta de La Plata, el Destacamento de Arana, la Brigada de Investigaciones de La Plata, la Subcomisaría de Don Bosco denominada "Puesto Vasco", el centro clandestino correspondiente al Comando de Operaciones Tácticas I o "COT I Martínez" y la Brigada de San Justo.

Rozanski remarcó que "la unificación" de esos centros permitirá el acceso a la justicia de unas 360 víctimas, acortando los plazos que llevaría el juzgamiento individual de cada uno de los 26 represores.

Destacó que "se prevé que testifiquen unas 500 personas". De los 26 imputados, 11 llegan al juicio con prisión domiciliaria y 5 excarcelados. Entre los imputados se encuentra el ex gobernador de la provincia de Buenos Aires, Ibérico Manuel Saint Jean y su ministro de Gobierno, Jaime Lamont Smart; el ex represor Etchecolatz y su chofer Hugo Alberto Guallama.

En las audiencias, se ventilarán entre otros casos, los homicidios de Daniel Mariani y Diana Teruggi y la apropiación de su hija, Clara Anahí cuando tenía 3 meses de edad y la desaparición de los estudiantes secundarios, hecho conocido como “La Noche de los Lápices”.

También se encuentran entre ellos el secuestro y las torturas a las que fueron sometidas los integrantes del denominado “Grupo Graiver”; el ex director del diario La Opinión, Jacobo Timmerman; Jorge Julio López y Adriana Calvo, entre otros.

La unificación de las causas para acelerar su tramitación es uno de los antiguos reclamos de los Organismos de Derechos Humanos.
(Fuente: El Argentino)
 

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