Por una Patria Justa, Libre y Soberana

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jueves, 27 de octubre de 2011

Conexión Causal

CADENA PERPETUA
 
24 de marzo de 2004
La orden fue directa del presidente Néstor Kirchner: "Proceda". Con gesto y voz duros. El jefe del Ejército, teniente general Roberto Bendini, descolgó entonces en persona los cuadros de Jorge Rafael Videla y de Roberto Bignone, ex presidentes de facto y antiguos directores del Colegio Militar.

Kirchner llegó al Colegio Militar acompañado por casi todo su gabinete. En la primera fila aplaudieron su discurso el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, el canciller Rafael Bielsa, los ministros José Pampuro (Defensa), Alicia Kirchner (Desarrollo Social), Carlos Tomada (Trabajo), Aníbal Fernández (Interior) y Gustavo Beliz (Justicia, Seguridad y Derechos Humanos), acompañados por los secretarios Eduardo Luis Duhalde (Derechos Humanos), Héctor Icazuriaga (SIDE) y Jaime Garreta (Asuntos Militares).
26 de octubre de 2011
El Tribunal Oral Federal 5 condenó a 12 de los 18 represores a Juicio en la causa ESMA a prisión perpetua por privación ilegal de la libertad y tormentos agravados y homicidios. Entre ellos, quedaron los nombres más emblemáticos y algunos de lo de mayor peso dentro de la estructura militar de ese centro represivo ilegal: Jorge el “Tigre” Acosta, jefe operativo del principal centro clandestino de la Marina; Antonio Pernías, Ricardo Cavallo, Jorge Radice, Oscar Montes y Alfredo Astiz.

Las 12 perpetuas incluyeron las acusaciones por los homicidios de los 12 integrantes del Grupo de la Iglesia Santa Cruz, entre los que estaban Azucena Villaflor, las primeras Madres de Plaza de Mayo y las monjas francesas Alice Domon y Léonie Duquet. Y 6 de las 12 condenas a perpetua sumaron la acusación por la privación ilegal de la libertad, tormentos, robo de bienes y el homicidio de Rodolfo Walsh, en una decisión que implica por primera vez una definición jurídica sobre el asesinato a partir de los testimonios que se recogieron en el juicio y dieron cuenta de la presencia de su cuerpo muerto en la ESMA, pese a la desaparición de sus restos. Acosta, Pernías, Astiz, Radice, Cavallo, Ernesto Weber y Juan Carlos Fotea fueron acusados por su caso.

Los jueces Obligado, Ricardo Farías y Germán Castelli condenaron a la pena de prisión perpetua a Oscar Montes por el crimen de María Cristina Lennie, quien ante su secuestro ingirió la pastilla de cianuro que llevaba consigo. El cambio de carátula de "suicidio" a homicidio había sido solicitado por el CELS. Además el Tribunal condenó a Miguel Donda por el homicidio de Raymundo Villaflor, en el cual, como en el caso de Rodolfo Walsh, a pesar de la ausencia física del cadáver se tuvieron en cuenta los testimonios que indicaban su presencia en el centro clandestino.

Juan Antonio Azic, el apropiador de Victoria Donda, fue condenado a 18 años por 3 privaciones ilegales de la libertad y tormentos agravados, entre ellos el de Carlos Lordkipanidse, a quien torturó con su hijo colocado sobre su vientre intentando así que ante la vista de su pequeño hijo atravesado por la corriente eléctrica se quebrase y hablase.

A las ocho de la noche, hora en que comenzó a ser leída la sentencia, todos los que tenían que estar estaban ahí. Las Abuelas de Plaza de Mayo Estela Carlotto, Rosa Roisinblit, Nora Cortiñas y Laura Conte, de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora; el secretario de Derechos Humanos de la Nación, Eduardo Luis Duhalde y su segundo, Luis Alem; el diputado Julio Piumato, el presidente del CELS, Horacio Verbitsky. Cecilia de Vincenti, la hija de Azucena Villaflor. Ana María, Mabel y Esther, las hijas de Esther Careaga del grupo de la Santa Cruz. Lilia Ferreyra y Jorge Pinedo, el ex marido de Patricia Walsh. Los sobrevivientes: Graciela Daleo, Carlos Lordkipanidse. Las sobrinas de Léonie Duquet que llegaron por primera vez a Argentina desde Francia para escuchar la sentencia. Su prima, sor Geneviève Jeanningros, vestida de religiosa, acompañada por el embajador de Francia Jean Pierre Asvazadourian. “Mucho de emoción”, decía Geneviève. “Tengo admiración por la Argentina, de su valentía de hacer estos juicios, de una democracia que puede estar fundada sobre la justicia: estuve el año pasado y presencié la manifestación del 24 de marzo, vi todos esos jóvenes que para mí es una inmensa esperanza para la Argentina y todos los 30 mil desaparecidos son como sus semillas, para el día de hoy, de mañana”.

A las 20.07, cuando entraron los marinos esposados a la sala, los familiares miraban detrás de un vidrio. Con los puños en alto, la V de la victoria en las manos y las manos alzadas con las estampas (imágenes con la cara de Walsh y de los 12 de la Santa Cruz) hicieron de fondo de los flashes. Cuando todo terminó, y el tribunal dijo lo que dijo, la sala volvió a estallar en un solo grito: 
 
¡30 mil compañeros detenidos desaparecidos, presentes! ¡Ahora y siempre!



bastadeodio                                                               

martes, 11 de octubre de 2011

La lucha del Pueblo Mapuche: Las Huaytekas (I)

Una mujer mapuche, denunciada penalmente por cerrar un camino para evitar que talaran un bosque de cipreses considerado sagrado por la comunidad huayteka, fue sobreseída por el juez Martín Lozada. El fallo atiende a las razones culturales. (Página12, 11/10/2011)

Dice en su nota el periodista Horacio Cecchi:

"Un fallo del juez de instrucción de Bariloche, Martín Lozada, dio término a un conflicto entre inversores de un megaemprendimiento y una comunidad mapuche que había decidido bloquear el acceso a las motoniveladoras, con las que se pretendía arrasar un bosque de cipreses en la zona de El Foyel, cerca de El Bolsón, que la comunidad defendía por considerar sagrados. El fallo tiene sus motivos originales: en primer lugar, porque sobresee a quienes habitualmente son castigados por defender su cultura y sus territorios. En segundo lugar, porque la solución hallada para un problema que se planteaba a través de un reclamo punitivo fue quitarla del área penal y analizarla desde el punto de vista cultural."

Los Hechos:

La Comunidad Mapuche de las Huaytekas del Rio Negro, lleva años luchando por hacer valer sus derechos como pueblo originario frente a los abusos y atropellos de todo tipo de "emprendedores" (especuladores inmobiliarios, empresarios turísticos, empresas madereras, etc), del gobierno y la justicia de la provincia, del Servicio Forestal Andino y especialmente de EMFORSA (Empresa maderera privada con mayoría estatal provincial -ver aquí- ); es decir contra TODOS, incluso contra aquellos que están obligados por la Constitución Nacional a defender sus derechos.

Pobladores del Bolsón cortan la ruta 40 en defensa de Joe
Muy próximo a la zona del Foyel se encuentra el lago Escondido "perteneciente" a Joe Lewis un inglés propietario de extensiones de tierra en Bariloche a las que bautizó con el nombre muy criollo de Estancia Hidden Lake y a quien el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro le libró -hace ya algunos años- una orden judicial para que abra un camino vecinal de acceso público al lago. Sin embargo a Joe esta orden que no tuvo más remedio que acatar no le cayó nada bien y presiona a sus empleados y a pobladores de la zona para que salgan en su defensa amenazando con vender todo e irse del lugar. Incluso el año pasado se denunció que quitó o hizo quitar el pequeño cartel que indicaba el acceso al camino liberado. (ver aquí y aquí)
El asunto de Joe Lewis y del Lago Escondido no está relacionado directamente con los hechos de Las Huaytekas pero da cuenta de manera muy gráfica del clima que se vive en la zona y de la receptividad que pueden tener -hablando en general- los legítimos reclamos mapuches entre la población de "nacionales".

El fallo de Lozada impide que a la mujer mapuche que había cerrado el paso al cipresal mediante una tranquera sea condenada a prisión por aplicación del artículo 181 del código penal que condena el delito de "usurpación" con penas de seis meses a tres años.

Quienes presentaron la acusación penal sobre la mujer fueron los representantes legales del empresario Daniel Kristz. Este había mandado a un grupo de peones dotados de motosierras para iniciar la tala de los cipreses.

"...entraron en los terrenos de la comunidad, en El Foyel, 73 kilómetros al sur de Bariloche, y colocaron un cartel que decía “Prohibido pasar. Propiedad privada” y comenzaron a darles duro a las motosierras contra el bosque de cipreses que los huaytekas consideran sagrado y que es el único bosque de esas características de este lado de la cordillera. La comunidad realizó una asamblea y encomendó a una representante a trabar el ingreso y prohibir la entrada a Kristz, al Servicio Forestal Andino, a las máquinas viales y los camiones de transporte de materiales. Después de presiones, presencia policial de El Bolsón y del violento grupo policial BORA, sin que la actitud mapuche cediera, se presentó una denuncia penal contra la mapuche acusada de colocar la tranquera e impedir el paso. La causa llegó a la Justicia de instrucción penal de Bariloche, al juzgado de Martín Lozada."

Cuando el caso llegó a sus manos el juez Lozada no hizo lo habitual que consiste en aplicarle sin más la ley penal nacional. El juez pidió un peritaje a la Universidad de Rio Negro. Fue designada la antropóloga Claudia Briones, profesora de la Universidad y titular de la Escuela de Humanidades.

Kultrún representación del cosmos mapuche
En el peritaje la antropóloga establece que:

Paralelamente al sentido económico o material, el cipresal se constituyen desde un sentido de paisaje, que comporta verlo ligado a la vida social cotidiana, a la pertenencia en un sentido de apego al lugar. (...) Los tres sentidos mencionados se anclan fuertemente en un sentido mundo que entrama al mallín como todo con aspectos clave de las experiencias religiosas y la espiritualidad indígena, en tanto conformado por seres (gen) y fuerzas (newn) no humanas que regulan el entorno y con los cuales los che o personas deben convivir de manera respetuosa.
Y continúa la crónica periodística:

"A partir del peritaje, Lozada consideró “nos encontramos frente a los llamados delitos culturalmente motivados, referidos a determinados comportamientos que si bien contradicen la norma penal, se explican en razón a la cultura a la que pertenece el infractor. Es decir que la quintaesencia de estos delitos culturalmente motivados radica en el conflicto entre el respeto a los valores comprendidos dentro de su cultura y lo que disponen las normas penales”.

Sobre la denunciada señaló que “no es posible afirmar (...) que hubiera estado en condiciones de inspirarse en la expectativa subyacente a la previsión normativa prevista en el artículo 181 del Código Penal, y ello por cuanto, en lo esencial, su sistema de creencias la llevó a hacer prevalecer lo que entendió como un bien jurídico de mayor trascedencia
”.

"El 181, que curiosamente debiera proteger a los poseedores originarios, es utilizado para penalizarlos." Termina escribiendo el periodista de Página12.

Por una parte, el fallo judicial de Lozada lamentablemente no hace referencia a los derechos de las familias mapuches a vivir en sus tierras ancestrales según sus propias costumbres y con los mismos derechos sobre ellas de los que gozan los nacionales. Por esta razón el fallo es incompleto porque no va a la cuestión de fondo. Hace ya tiempo que en la fundamentación de los derechos de los indígenas la temática cultural y con ella el llamado relativismo cultural ha dejado paso a argumentos jurídicos basados en preceptos claramente establecidos en la Constitución Nacional y en los diversos Tratados Internacionales suscriptos oportunamente por la nación y que están formalmente incorporados a ella. Sin embargo existe una marcada resistencia de los gobiernos y las instancias judiciales a incorporarlos en su administración cotidiana de la justicia. Ello merece ser tratado con más detenimiento.

Por otra parte, la larga historia de la lucha del Pueblo Mapuche por hacer valer sus derechos será motivo, por su extensión, de posts especiales. Es imperioso escuchar al Pueblo Mapuche hablar con su propia voz.

bastadeodio